Denuncia de Violencia Doméstica

Toda denuncia formulada por la víctima de violencia de género debe ser remitida a los órganos jurisdiccionales que correspondan en la mayor brevedad posible, con la intención de agilizar y mejorar la situación actual que sufre la víctima, generados por esos malos tratos/violencia.
Para garantizar la integridad física y la seguridad de la víctima se adoptarán cuantas medidas resulten necesarias incluyendo la actividad de realizar labores de acompañamiento de la misma, procediendo, en caso de considerarlo necesario, a la derivación de la víctima a las Casas de Acogida o Centros de Emergencia. Son medidas cautelares, donde los agentes de Fuerza y Cuerpos de Seguridad del Estado serán los encargados de mantener y seguir que estas medidas se ejecuten.
Dentro de la violencia de género o lo que comunmente conocemos como malos tratos, en el ámbito familiar, la denuncia puede comprender:
Violencia física, cualquier acción no accidental que provoque o pueda provocarte daño físico, enfermedad o riesgo de padecerla; Violencia psíquica, actos, conductas o exposición a situaciones que agredan o puedan agredir, alteren o puedan alterar el contexto afectivo necesario para tu desarrollo psicológico normal, tales como rechazos, insultos, amenazas, humillaciones, aislamiento; Violencia sexual, como toda actividad dirigida a la ejecución de actos sexuales en contra de tu voluntad, dolorosos o humillantes o abusando del poder, autoridad, con engaño o por desconocimiento en el caso de los menores; Violencia económica, como la desigualdad en el acceso a los recursos económicos que deben ser compartidos, al derecho de propiedad, a la educación y a un puesto de trabajo, derechos reconocidos en la Constitución; Corrupción, como conductas desviadas, antisociales o desadaptadas que impiden tu integración social (inducción a la delincuencia, explotación sexual....); Explotación laboral y mendicidad, son situaciones en las que mediante abuso de poder o por fuerza y con violencia un miembro de la familia te obliga a la practica continuada de trabajos o actividades que o bien interfieren en tu normal desarrollo o exceden de los limites de lo considerado normal en función de la edad, sexo, formación, o que se consideran humillantes o antisociales.
Referente a los datos que se deben aportar por parte de la víctima-denunciante en su denuncia, además de la filiación completa; la relación circunstanciada de los hechos que motivan a proceder a la misma (hora y lugar, autor y testigos, circunstancias concurrentes y lesiones sufridas, asistencia médica recibida,); la situación familiar incluyendo si esos malos tratos/ violencia ejercitada en ella fue en presencia de los hijos (si los hubiere) y/o de manera frecuente; situación económica...... son los antecedentes:
- Cuando empezaron.
- Si era habitual esa violencia, malos tratos. Intentando concretar las fechas en las que se han cometido para determinar la temporalidad-habitualidad.
- Medios de coacción empleados por el autor (amenazas, golpes, engaños, abuso de autoridad, etc.), identificación e incautación de los instrumentos del delito, como piezas de convicción.
- Medios empleados en la comisión de los hechos (armas de fuego, objeto contundente, etc..
- Existencia o no de denuncias precedentes.
- Existencia o no de procesos judiciales de separación o divorcio o resoluciones judiciales firmes en esta materia, así como situaciones de hecho en las que pudieran estar incursos.